Calculadora de Fondos de Reserva (Ecuador)

Los fondos de reserva son un beneficio que el empleador paga en Ecuador a partir del segundo año de trabajo: el 8.33% de la remuneración mensual, que equivale a un sueldo al año. Esta calculadora obtiene el valor mensual y anual de tus fondos de reserva y te avisa si todavía no tienes derecho. Puedes cobrarlos cada mes con tu sueldo o acumularlos en el IESS.
Cómo usar
- 1
Escribe tu remuneración mensual aportada al IESS
- 2
Opcional: ingresa tu fecha de ingreso para saber si ya tienes derecho
- 3
Indica los meses con derecho en el año
- 4
Pulsa «Calcular fondos de reserva»
Beneficios
- Tasa legal del 8.33% de la remuneración
- Valor mensual y anual
- Verifica si ya cumpliste el primer año
- Explica el cobro mensual o la acumulación en el IESS
- Gratis y sin registro
- Resultado al instante
Qué son los fondos de reserva
El artículo 196 del Código del Trabajo establece que todo trabajador que preste servicios por más de un año a un mismo empleador tiene derecho a que este le pague un mes de sueldo por cada año completo posterior al primero. En la práctica, el empleador paga cada mes el 8.33% de la remuneración aportada al IESS, que es la doceava parte, a partir del mes 13 de trabajo.
Cobro mensual o acumulado
Desde 2009, el trabajador puede elegir recibir los fondos de reserva directamente en su rol de pagos cada mes o que el empleador los deposite en el IESS, donde se acumulan y generan intereses. Los fondos acumulados en el IESS pueden retirarse cada tres años, al quedar cesante, al jubilarse o usarse como garantía para préstamos quirografarios e hipotecarios. La elección se hace en el portal del IESS.
Cómo se calculan
La fórmula es: remuneración mensual aportada × 8.33%. Con un sueldo de $900, los fondos de reserva son $74,97 al mes y $899,64 al año. La base incluye todo lo que aporta al IESS, como horas extra y comisiones, pero no el décimo tercero ni el décimo cuarto. Si tus ingresos varían, el valor cambia cada mes.
Impuestos y reclamos
Los fondos de reserva no pagan aportes al IESS ni impuesto a la renta. Si el empleador no los paga o no los deposita, genera intereses y multas, y puedes presentar un reclamo en el IESS o una denuncia en el Ministerio del Trabajo. Puedes consultar tus aportes y fondos acumulados en línea con tu cédula.
Preguntas frecuentes
Desde el mes 13 de trabajo con el mismo empleador, es decir, después del primer año.
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